Certificado de salud mental no garantiza prevención de feminicidios

Frente a la iniciativa de exigir un certificado de salud mental como requisito para contraer matrimonio civil como medida para prevenir los feminicidios, Manuela Ramos considera necesario señalar que en la mayoría de los casos, los feminicidas han asesinado a las mujeres cuando ellas han querido terminar la relación y la presencia de un problema de salud mental no es el antecedente más importante.

El feminicidio es una situación de violencia extrema, cuyo origen se encuentra al interior de la relación de pareja, con escenas de celos, de control, de privación de amistades, de libertad, restricciones y control económico; asimismo golpes, violaciones por parte del varón y hostigamiento en lugares como el centro de trabajo, lugar de estudio y otros. Desde Manuela Ramos planteamos que las medidas de prevención más adecuadas son aquellas dirigidas a enfrentar frontalmente la violencia contra las mujeres, articulando esfuerzos desde el Ministerio de la Mujer con todos los sectores educación, economía, salud, inclusión social, etc. porque el origen de ese tipo de violencia es estructural, se mantiene en las relaciones de poder de los hombres hacia las mujeres; por ello, la construcción de la masculinidad en nuestra sociedad considera a las mujeres como objetos de su propiedad, por lo tanto “desechables”, “matables”.

En este sentido, Ana Alcántara, psicóloga clínica del Movimiento Manuela Ramos, afirma que “los certificados de salud mental no garantizan la prevención de los feminicidios, muy por el contrario significa enfatizar que este problema es sólo de “enfermos mentales”. Cuando los feminicidas son hombres de carne y hueso, comunes y corrientes, eso sí, deseando subordinar a la mujer a sus deseos y sobre todo, creyendo que la vida de ellas les pertenece”.

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Barra de Mujeres. Mitos y estereotipos en la maternidad contemporánea

En esta edición del programa Barra de Mujeres, estuvimos con la psicóloga y docente de la Pontificia Universidad Católica, Giannina Paredes y con la linguista y directora ejecutiva del Movimiento Homosexual de Lima (MHOL), Verónica Ferarri, para hablar sobre la maternidad en la actualidad y los mitos que se ciernen sobre ella.

Gianinna evidenció la dificultad que existe actualmente de flexibilizar los esquemas en los que nos manejamos respecto a este tema. En ese sentido, la especialista presentó el caso de las madres adoptivas, ya que el ideal de la maternidad en nuestra sociedad es ser una madre biológica.

Paredes criticó que las mujeres inviertan muchísimo en tratamientos de fertilidad cuando no pueden concebir por sus propios medios a pesar de que existe la adopción, una opción no muy tomada en cuenta.

Por otro lado, advirtió que actualmente son muy pocas las madres que eligen el camino de la maternidad, sin recibir algún tipo de presión por parte del medio. No obstante, la especialista resaltó la importancia de desear un hijo, ya que esto brinda a la crianza una calidad distinta.

Asimismo, opinó que hay una idealización respecto a la maternidad que debe desaparecer, pues de lo contrario la mujer se acerca a este proceso con mucha inseguridad y miedo al fracaso, cuando cada proceso es distinto e incierto.

Por su parte, Verónica Ferrari habló sobre las dificultades de un niño homosexual, respecto a un niño que sufre de racismo o discapacidad, ya que en los dos últimos casos suelen recibir el apoyo de sus familiares, mientras que en el caso de la homosexualidad, es muchas veces la familia, además de la sociedad, la que le genera un profundo rechazo.

En ese sentido, resaltó la importancia de ser honesta como madre y nos contó que en su caso, siendo lesbiana, no siente culpa por ser madre, sino preocupación por el rechazo o discriminación que su hija pueda sentir en el futuro.

Finalmente, ambas especialistas consideraron que pese a que la maternidad tiene un rol fundamental en el Estado, aún es muy difícil acceder, por ejemplo, a un aborto en condiciones saludables. En ese sentido, indicaron que la maternidad termina siendo una imposición, ya que los medios anticonceptivos son muy caros y mal vistos.

En nuestro bloque Rikunakuspa nos acompañó la periodista Lorena Chauca, quien nos contó su experiencia como autora del Allillanchu!, blog dedicado a la difusión del quechua a través de noticias, música, libros y documentales y que en el 2010 fue uno de los finalistas del Concurso 20 Blogs Peruanos. El blog también tiene una versión en Facebook.


Aquí puedes ver el programa completo

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Ministra de la Mujer, Ana Jara: El aborto terapéutico es legal y salva la vida y salud de las mujeres

La ministra Jara afirmó el pasado 27 de abril, ante un auditorio de fieles evangélicos, que tuvo que dar pase al Protocolo Nacional para la Aplicación del Aborto Terapéutico por “tratar de guardar el equilibrio político”, lamentando que en la política “uno tiene que tratar de guardar el equilibrio en algunas cosas que a veces, un hermano en Cristo no lo entenderá, hay que acceder”.

Queremos recordarle a la señora Ministra que, la aprobación de este protocolo, responde a razones de justicia, derechos humanos, salud pública y de no discriminación. Así mismo, enfatizamos que el aborto terapéutico es legal en nuestro país y el mencionado protocolo brindará a las mujeres un marco de garantías para salvaguardar su derecho a la salud.

En el informe del Ministerio de la Mujer ante expertas/os internacionales, que monitorean la implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), sobre los avances en temas relacionados a Igualdad de Oportunidad entre Hombres y Mujeres, Trata de Niños, Niñas y Adolescentes, Derechos de las Personas con Discapacidad, Violencia de género, Derechos de las personas Lesbianas, Trans y Gays, entre otros; el Estado se ha comprometido a continuar disminuyendo las brechas de igualdad de oportunidades; por lo tanto está en la obligación de diseñar, implementar y generar políticas públicas para lograrlo.

La aprobación del Protocolo Nacional para el aborto Terapéutico, es una de ellas, por lo tanto debe evitarse pronunciamientos sesgados que no mantienen coherencia con lo expresado en el plano internacional y no contribuyen a generar conciencia social sobre la importancia de la norma.

Esperamos que, en el marco de un Estado laico, se eviten pronunciamientos que confunden la política y las políticas públicas con la religión, y se promuevan los principios democráticos que esperamos se mantengan en el país; en este sentido, exigimos la renuncia de la ministra en el cargo porque al no garantizar la defensa de los derechos de las mujeres como un asunto de derechos humanos y ciudadanía, abona a la crisis de gobernabilidad democrática que enfrenta el actual gabinete.

Lima, 15 de mayo del 2012

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Manuela Ramos exige levantamiento de inmunidad a congresista Walter Acha

Frente a la denuncia pública formulada por Idelia Calderón, ex jefa de prensa del parlamentario, por presunto delito de violación sexual por parte del congresista, expresamos nuestro total rechazo y dada la gravedad de la acusación exigimos el levantamiento de la inmunidad parlamentaria para que se someta al fuero común, y se investigue de manera seria, firme y oportuna, brindándole a la denunciante las condiciones necesarias para su seguridad personal, toda vez que indica haber sido amenazada en varias oportunidades.

Vale recordar de acuerdo a leyes nacionales y normas internacionales suscritas por el Estado peruano, es su obligación velar por el cese de cualquier forma de violencia contra mujer y acceso oportuno a la justicia con las garantías del debido proceso.

Lima, 14 de mayo de 2012.

Descargar la Carta congresista D. Abugattás sobre caso Cong. Acha

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PJ debe ordenar detención de congresista Acha Romaní si se le abre proceso

El Congreso debe levantarle de inmediato el fuero al parlamentario Walter Acha Romaní y si se le abre proceso, el Poder Judicial tendría que ordenar su detención debido a la magnitud del delito que se le imputa y de que se trata de uno de los más altos funcionarios públicos, opinó Jennie Dador, directora de la ONG Manuela Ramos, al considerar que esa medida sería ejemplarizadora.

Fue al comentar el informe periodístico del programa Cuarto Poder donde se aprecia al suspendido legislador oficialista Walter Acha Romaní confesar “haber tocado” sexualmente y sin su consentimiento a su ex jefa de prensa, Idelia Calderón Ramos, durante un viaje de trabajo a Pucallpa.

“Dada la magnitud del delito y todo lo demás, lo que debe dictarse aquí es una orden de detención [en contra del congresista Acha Romaní]. Si se abre proceso penal debería ser con mandato de detención y no de comparecencia por la gravedad del delito y por ser quien es la persona. Tú no esperas un comportamiento de esta naturaleza de un funcionario público del Estado, de uno de los más altos funcionario públicos del Estado, es un congresista en este caso”, aseveró en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“Por ejemplo, en el caso del periodista Rudy Palma y del diario Perú 21 por leer correspondencia le mandaron mandato de detención y lo mandaron al penal de Lurigancho. [Lo de Walter Acha] se trata de un delito mucho más grave contra la integridad sexual de una persona. No habría razón para que un juez no ordene un mandato de detención en este caso. Además creo que sería ejemplarizador”, argumentó.

La representante de la ONG Manuela Ramos sugirió, en ese sentido, que el Ministerio Público o el Congreso de motu propio proceda a tramitar el levantamiento de la inmunidad parlamentaria de Acha Romaní, a quien además se le imputa haber supuestamente sugerido a su exasesora que se someta a un aborto al enterarse de que quedó embarazada, tras la agresión sexual.

“Inmediatamente hay que levantarle el fuero parlamentario. Hay como dos rutas, imagino que debe haber una denuncia penal formulada en el Ministerio Público. Si hay indicios suficientes se pide el levantamiento de esta inmunidad parlamentaria, pero a su vez también el propio parlamento de mutuo propio puede –como ha tomado noticia del caso– levantar esta inmunidad parlamentaria para someter al congresista a la investigación”, comentó.

Más de 15 años si se comprueba el delito agravado

Dador Tozzini sostuvo, además, que si se comprueba el delito, es decir que hubo violación agravada, el legislador podría ser condenado a una pena no menor a los 15 años de prisión. En este aspecto, afirmó que la drasticidad de la sanción dependerá de los indicios que se logren aportar al caso.

“La pena al congresista podría ser hasta o superior a los 15 años si es que se logra probar la violación agravada, es decir que esta señorita fue dopada y puesta en estado de inconsciencia para aprovecharse de ella. No creo en este momento que se cuente con este tipo de pruebas porque ella no sabía lo que había ocurrido y, obviamente, las sustancias químicas se diluyen en el cuerpo, con este tipo de pruebas”, argumentó.

“No va a probar ahora que fue dopada, sería mucho más difícil, salvo por algunos indicios pero sería muy indiciario. Entonces, si se logra probar el delito de violación agravada, la pena sería por encima de los 15 de lo contrario sería ocho años, 10 años, dependiendo del criterio del juzgador”, agregó.

Procesos por violación duran entre dos o tres años

Finalmente, mencionó que hay evidencias que sustentan la denuncia como la conversación –grabada por la misma exjefa de prensa– donde se escucha al congresista Acha Romaní admitir haberla tocado, aunque después cambiaría de versión al ser entrevistado por el programa dominical. La especialista explicó, del mismo modo, que el proceso podría tardar dos años aproximadamente.

“Hay indicios que ha ocurrido de esta manera, porque está esa conversación, donde ella le reclama le dice: pero yo no sabía, tú me has tocado. Entonces, hay indicios que este hecho hubiera ocurrido sin la conciencia de ella, pero hay que ver qué tanto peso podría tener este indicio dentro del proceso o sea con qué otros elementos que se suman esos indicios, puedan ser concurrentes y puede considerarse un agravante”, aseveró.

“El proceso por actos de violación es uno de los procesos ordinarios dentro de lo que se llama la tramitación penal, es un proceso bastante largo, y puede tardar digamos algunos años, por lo menos un par de años, tres años dependiendo entre apelaciones y todo”, concluyó.

Fuente: IdeeleRadio.pe

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Barra de Mujeres (07-05-2012)

La consultora del área de gobernabilidad de la Comisión Democrática de Juristas, Mirva Aranda, señaló que la reciente implementada Ley 2824, que regula la Justicia de Paz es una buena iniciativa del Estado, pero indicó que aún quedan varios asuntos pendientes que resolver.

Además, se tuvo una conversación vía telefónica con la parlamentaria andina, Hilaria Supa quien discutió sobre el tema de las esterilizaciones forzadas.

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Nueva ley que regula la justicia de paz aún tiene deficiencias

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La consultora del área de gobernabilidad de la Comisión Democrática de Juristas, Mirva Aranda, señaló que la reciente implementada Ley 2824, que regula la Justicia de Paz es una buena iniciativa del Estado, pero indicó que aún quedan varios asuntos pendientes por resolver.

Era necesario una formar una regulación, no tenía una ley. Tenía un estatuto pero no tenían un solo cuerpo legislativo. Además, siempre se le había considerado a la justicia de paz como una justicia de menor categoría, como una justicia adicional pero no se le daba la importancia que realmente tiene.

En el Perú hay una gran cantidad de jueces de paz, aproximadamente 5455 jueces, que no tienen la necesidad de aplicar los códigos del derecho tradicionales. “Puede aplicar las costumbres de las zonas y toman decisiones con sus propios criterios de justicia. La población siente que puede encontrar una respuesta más rápida y efectiva a los problemas que tiene”, señaló Aranda para el programa ‘Barra de Mujeres’ conducido por Ana María Yañez, Jennie Dador y Lisbeth Guillén.

Esta ley es muy importante por que les da una serie de derechos que los jueces de paz nunca han tenido. No les da un pago pero si por lo menos les un reconocimiento. Y se está dejando de ver a las justicia de paz como un servicio gratuito.

Pese a que el Estado está haciendo más evidente que tiene que brindar regulación a los Jueces de Paz, la consultora de gobernabilidad señaló que una de las mayores deficiencias de esta ley es que no deja clara la relación con la justicia indígena.

Se está usando la palabra comunidad como el lugar donde vive, no como la comunidad indígena. Esa es la parte más floja de la ley. A pesar de que esta ley les amplia la competencia aún sigue siendo restringida pues solo puede ver ciertas cosas.

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Proponen Ley que regula la participación de las mujeres en la dirección de las empresas del Estado

El día 15 de marzo la Congresistas María del Carmen Omonte Durand, de Alianza Parlamentaria presentó el Proyecto de Ley Nº 0892/2011-CR que propone una cuota de representación femenina para la designación de los miembros del Directorio de Empresas del Estado a cargo de Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad empresarial del Estado FONAFE que promueve la participación de la mujer en puestos de decisión de los poderes públicos.

El proyecto señala tres estrategias para incluir la cuota de mujeres en estas empresas:

1. Las ternas propuestas para la selección de los Directores a cargo de SERVIR o por Entidades o empresas seleccionadas deben ser integradas por no menos del 30% de mujeres.

2. Los directores seleccionados de las empresas donde FONAFE participa como accionista deben ser no menos del 30% de mujeres.

3. Asimismo señala que la cuota femenina en los Directorios de las Empresas del Estado, debe ser no menor del 30% de mujeres

El proyecto se basa en La Ley N° 28983, ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, que garantiza a las mujeres y a los hombres el ejercicio de los derechos de igualdad, dignidad, libre desarrollo, impidiendo la discriminación en todas las esferas de la vida. Para el logro de la igualdad la Ley permite que se dicten medidas de acción positiva, que eliminen los obstáculos que impiden el ejercicio de los derechos de las mujeres. También el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades señala entre ellas “Promover el acceso de las mujeres a instancia de poder y toma de decisiones en la sociedad y en la administración pública”. Asimismo en la Plataforma de Acción de Beijing se señala la necesidad de establecer medidas para la promoción de la mujer en el ejercicio del poder.

El documento indica que en la actualidad la designación de los miembros del directorio de las Empresas del Estado no cuenta con una cuota para la representación de la mujer y que urge regularla para garantizar la Décima Primera Política del Estado Nacional del Acuerdo Nacional que promueve la igualdad de oportunidades. Que, en términos jurídicos diversos instrumentos consagran la igualdad pero que está lejos de alcanzar y traducirse en igualdad de oportunidades en el acceso a cargos de dirección y representación política.

Se resalta que en nuestro país las cuotas han tenido un importante efecto en lo que a participación políticas de mujeres se refiere y sobretodo en cuanto a la sensibilización y visibilización del problema de inequidad de género. Y además que nuestro contexto está marcado por diversas formas de exclusión y mecanismos que impiden que muchos grupos excluidos no accedan a recursos y elementos de poder, por ello, la necesidad de establecer cuotas para lograr la participación de las mujeres en puestos de poder.

Descarga el Proyecto de Ley Nº 0892/2011-CR

Fuente: Boletín Manuela en el Congreso N° 223

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La maternidad sana, salva y santifica, pero como te “jode” laboralmente

Escribe: Ma. Jennie Dador*

Varios estudios realizados por la CEPAL en la región de América Latina y El Caribe, y la Encuesta Nacional del Uso del Tiempo-ENUT en el Perú, muestran que todavía las responsabilidades familiares del cuidado infantil recaen principalmente sobre el trabajo no remunerado de las mujeres; ellas dedican 6:25 horas más que los varones a la semana. En ese sentido, la responsabilidad del cuidado entendida como labor “femenina” constituye uno de los ejes fundamentales en los que se expresa la desigualdad de género, en tanto sitúa a los varones en una posición, cultural y laboralmente, libres de esta carga.

Los varones no solo están libres de esta carga en tanto no realizan el trabajo no remunerado de cuidado, sino que además ello no afecta sus condiciones de empleabilidad, pues los empleadores siguen prefiriendo contratar varones antes que mujeres en edad fértil, aún cuando la obligación de implementar salas cunas en los centros laborales con más de 25 trabajadoras mayores de 18 años fue derogada en nuestro país en 1992, como parte del paquete de flexibilización laboral que promovió el régimen fujimorista.

Lo cierto es que en el cuidado de las y los dependientes convergen, por un lado el derecho propio de las infantes, personas adultas mayores y personas con discapacidad a ser cuidados adecuadamente; y, de otro lado, cómo realizar este derecho sin cargarlo sobre los hombros de las mujeres.

En la consulta de marzo de este año, realizada por la CEPAL en la región a líderes de opinión sobre el tema, se encontró que mientras un 69% se muestra muy de acuerdo y un 26% solamente de acuerdo en que la financiación del cuidado de las personas dependientes, debiera ser con cargo al presupuesto público; un sistema de copago familia-Estado (dependiendo de los ingresos de los hogares) muestra también bastante aceptación (32% muy de acuerdo y 46% de acuerdo).

Esta semana, en el marco del 1° de mayo, el gobierno chileno anunció que remitirá al Parlamento un proyecto de ley que se sumaría a la vigente discusión del artículo 203 del Código de Trabajo, según el cual todo centro laboral con 20 o más trabajadores, independientemente de su sexo y edad, deberá cotizar al fondo para la creación y sostenimiento de salas cunas.

Hasta ahora solo las empresas con más de 20 trabajadoras mujeres debían hacerlo. Ahora deberán hacerlo todas las empresas que tengan, incluso, menos de 19 trabajadores, varones o mujeres. Es decir, con una nueva forma de financiamiento como parte de la red de prestaciones de la seguridad social, que no discrimine por sexo, ni por nivel salarial a la hora de encontrar empleo.

De esta manera se elimina un factor de discriminación histórico, asumiendo que el cuidado de las y los hijos no es obligación de las mujeres, ni siquiera de padre y madre, sino incluso del Estado, la familia y la empresa, en su conjunto.

*Abogada, Directora de Manuela Ramos

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Vacios y medias verdades en presentación del Perú ante Comité DESC de la ONU

Vacíos y medias verdades se advirtieron en la rendición de cuentas que el Estado peruano dio al Comité que monitorea la implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC). Las sesiones se llevaron a cabo en Ginebra el 2 y 3 de mayo.

La sesión empezó con una llamada de atención del experto relator de Perú (Mr. Dasgupta), quien señaló que el Estado peruano había respondido solo a 15 de las 32 preocupaciones planteadas por el Comité previamente, y que acababan de recibir un documento complementario que no pudo ser revisado.

Ante las diversas preguntas de los miembros del Comité DESC sobre el derecho a la salud sexual y reproductiva, la representación oficial del Estado peruano liderada por el Ministro de Justicia Juan Jiménez Mayor, intentó justificar o minimizar las restricciones para la práctica del aborto legal, la prohibición de la distribución de la Anticoncepción Oral de Emergencia, el impacto de la penalización de las relaciones sexuales voluntarias con adolescentes, la discriminación y la violencia que afecta a las personas LGTB y la falta de justicia y reparación para las mujeres esterilizadas forzadamente en el gobierno de Alberto Fujimori.

Sobre el aborto terapéutico, en una actitud sorprendente e incoherente con la realidad, el Estado peruano afirmó que las mujeres pueden acceder sin restricciones a este servicio; de ahí que la propuesta de protocolo de aborto terapéutico que estaría en proceso de consulta, solo serviría para estandarizar este tipo de intervención a nivel nacional. Ante el requerimiento de información sobre el cumplimiento de los Dictámenes emitidos por el Comité de Derechos Humanos en el caso KL y el Comité CEDAW en el caso LC, guardó silencio sobre las otras obligaciones pendientes, diferentes al protocolo, que asegurarían el acceso real de todas las mujeres a este servicio.

Sobre las esterilizaciones forzadas, el Estado reconoció que su aplicación fue parte de una política estatal implementada entre los años 1996 y 2000, asimismo informó sobre la reapertura de la investigación impulsada por el Ministerio Público en octubre de 20111. El Estado guardó silencio sobre la falta de implementación del Seguro Integral de Salud para las afectadas (D.S.006-2006/SA) así como la ausencia de las reparaciones integrales para las víctimas.

Sobre la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE), el Estado reconoció que la sentencia del Tribunal Constitucional del año 2009 constituía un retroceso e informó que actualmente está formulando consultas a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) para demostrar que no tiene efectos abortivos y se pueda replantear el tema al Tribunal Constitucional. El Estado omitió señalar que hace un año y medio el Ministerio de Salud y el sistema de justicia no han adoptado ninguna medida para revertir la prohibición de la distribución de la AOE, por el contrario la proscripción se ha visto reforzada con una resolución del Poder Judicial.

Sobre la penalización de las relaciones sexuales voluntarias con adolescentes de 14 y menores de 18 años, el Estado peruano informó que los menores de edad no cometen delitos sino infracciones y que no van a centros penitenciarios sino a centros de rehabilitación. El Estado omitió dar información sobre los obstáculos que esta medida impone a los y las adolescentes en el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva y sobre los efectos adversos demostrados que han tenido en la salud y vida de esta población.

Sobre la discriminación por orientación sexual o identidad de género, el Estado afirmó que en el Perú no existe discriminación desde el aspecto jurídico, e inclusive es delito, sin embargo guardó silencio sobre la inacción del Estado peruano para que esta discriminación no se materialice en la realidad. No informó sobre medidas para garantizar DESC en las parejas del mismo sexo.

El Comité DESC emitirá sus recomendaciones finales al Estado peruano el próximo 18 de mayo, en horas de la tarde.

DEMUS, PROMSEX, Movimiento Manuela Ramos, Centro para los Derechos Reproductivos, Planned Parenthood Federation of America y CLADEM Perú, han presentado informes alternativos al Comité DESC dando cuenta de los obstáculos que tienen las mujeres para ejercer su derecho a la salud sexual y reproductiva.

Como instituciones comprometidas con los derechos humanos de las mujeres estarán atentas a las recomendaciones que el Comité DESC formule al Estado peruano y exigirán que éstas sean cumplidas para hacer realidad el ejercicio pleno del derecho a la salud sexual y reproductiva en el Perú.

Lima, 4 de mayo de 2012

Contacto de prensa:
Rosa Cisneros: 999 242 919

(1) El proceso reabierto compromete a los ex ministros de salud del gobierno de Alberto Fujimori, entre ellos al actual congresista Alejando Aguinaga

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